Descripción:
Solicitud de Evaluación de Méritos Docentes (Quinquenios).
Unidad responsable:
Área de Personal.
Normativa:
Quién puede solicitar el servicio:
El profesorado funcionario perteneciente a los cuerpos docentes universitarios, que cumpla los siguientes requisitos administrativos:
– Acreditar cinco años de actividad docente realizada a tiempo completo.
– De acuerdo al artículo 5, apartado 9 del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado: “En ningún caso, la cuantía anual del componente del complemento específico por méritos docentes ni la del complemento de productividad podrá exceder del resultado de superar favorablemente seis evaluaciones”.
En caso de haber superado seis evaluaciones favorables podrá solicitar evaluación de un nuevo periodo, no obstante, y para dar cumplimiento al citado artículo, no se tendrá en cuenta a efectos retributivos el primer tramo evaluado por ser de categoría inferior, salvo que en la solicitud especifique otro periodo. Para ello, deberá cumplimentar el siguiente modelo normalizado y adjuntarlo junto con el autoinforme a la solicitud telemática:
Plazo de solicitud:
El plazo de solicitudes para el reconocimiento de méritos docentes estará abierto durante todo el año.
La tramitación de las solicitudes se efectuará con periodicidad mensual. Para ello, se requerirán los informes preceptivos del Departamento, del Decanato o de la Dirección del Centro correspondiente, así como de la Comisión de Evaluación de los Centros, los cuales deberán ser emitidos en un plazo máximo de diez días hábiles.
Los efectos administrativos de los méritos docentes se harán efectivos en el momento en que se finalice el procedimiento en cuestión.
Los efectos económicos de los méritos docentes, se harán efectivos a partir del 1 de enero del año siguiente a la solicitud del tramo a evaluar.
El abono de los méritos docentes del profesorado temporal a tiempo completo, se hará efectivo una vez se haya revisado el contenido de la Resolución del Rector de la Universidad de Cádiz UCA/RECN079VPR/2025, por la que se pospone el abono de los complementos retributivos de méritos docentes y de investigación al profesorado laboral temporal a tiempo completo.
Según la legislación vigente (Real Decreto 1086/89, de 28 de agosto) los efectos económicos de los méritos docentes (quinquenios) serán siempre del 1 de enero del año siguiente al que se solicite el tramo a evaluar.
Cómo y Dónde se puede solicitar:
Preferentemente de forma telemática con usuario y clave. De no utilizar el interesado la vía telemática, deberá cumplimentar la solicitud y presentarla en el Registro General o en cualquiera de los Registros Auxiliares de Campus.
Documentación necesaria:
-Autoinforme en relación a la práctica docente (adjuntar junto a la solicitud presentada en la oficina virtual, en formato pdf).
En el caso de solicitar la evaluación por primera vez y no haber tenido siempre una relación contractual con la UCA, debe adjuntar la siguiente documentación:
-Tiempo acreditado con un contrato o nombramiento en alguna Universidad.
-Tiempo acreditado con un contrato o nombramiento en algún Centro de Investigación Extranjero acreditado, así como en el CSIC u otro Organismo Público de Investigación.
-Tiempo que acredite el Ministerio de Educación y Ciencia, prestado en la realización de programas o acciones de dicho Departamento u Homologadas a las concedidas por este, para la formación del profesorado y del personal investigador en España y en el extranjero.
-Certificado, expedido por el Organismo del que dependan los Cuerpos docentes no universitarios, en el que figuren los sexenios reconocidos o que hubiera correspondido reconocer a la fecha del cese en el cuerpo docente no universitario.
Notificación de la resolución:
Oficina Virtual – Correo electrónico
Recursos legales:
Recurso de reposición ante el Rector.
Información sobre el estado de la tramitación:
Área de Personal – Servicio de Administración de Personal
Teléfono: 956 01 5038
Correo Electrónico: gestion.personal@uca.es