Identificación y firma
Sistemas de firma electrónica admitidos
La Ley 59/2003, de 19 de diciembre, define la firma electrónica como “conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante”. Asimismo, El artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas indica que los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de cualquier sistema que cuente con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad. En particular, serán admitidos, los sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «lista de confianza de prestadores de servicios de certificación»; los sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de sello electrónico expedidos por prestadores incluidos en la «lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» y los sistemas de clave concertada y cualquier otro sistema que las Administraciones Públicas consideren válido, en los términos y condiciones que se establezcan.
El Reglamento UCA/CG05/2010, de 8 de Abril de 2010, por el que se regula la tramitación telemática de procedimientos en la Universidad de Cádiz, en su artículo 8, define como medios de acreditación de la identidad de sus usuarios el DNI electrónico, los sistemas de firma electrónica avanzada u otros medios que así se establezcan mediante resolución del Rector.
La Resolución del Rector de la Universidad de Cádiz UCA/R89REC/2015, de 9 de noviembre de 2015 (BOUCA núm. 200, de 19 de enero de 2015), resuelve que los miembros de la comunidad universitaria podrán utilizar para relacionarse electrónicamente con la Universidad de Cádiz a través de los procedimientos que se establecen en el Anexo de la misma, o en aquellos que se puedan determinar en el futuro, el sistema de identificación y autenticación electrónica reconocido en la UCA como sistema centralizado de autenticación de la UCA (LDAP).
Por tanto, en la actualidad, los sistemas de firma electrónica admitidos en la Universidad de Cádiz son:
- Firma electrónica reconocida basada en los certificados reconocidos de persona física incorporados al Documento Nacional de Identidad Electrónico. (Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior)
- Firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido de persona física de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM).
- Sistema centralizado de claves de la UCA, sólo para la comunidad universitaria a través de los procedimientos o trámites que se indican expresamente en el Anexo de la Resolución del Rector UCA/R89REC/2015 y en aquellos que se puedan determinar en el futuro.
La Universidad dispone de ‘Sello Electrónico’ para determinadas actuaciones administrativas automatizadas. Para más información: ‘Sello Electrónico‘