Descripción:
Solicitud de Reconocimiento de Méritos Docentes (Quinquenios).
Unidad responsable:
Área de Personal.
Normativa:
Quién puede solicitar el servicio:
- El profesorado funcionario perteneciente a los cuerpos docentes universitarios, los profesores contratados laborales con carácter permanente, el Profesorado Contratado Doctor Interino, el Profesorado Ayudante Doctor y el Profesorado Sustituto a tiempo completo, que cumplan los siguientes requisitos administrativos: acreditar cinco años de actividad docente.
- De acuerdo al artículo 5, apartado 9 del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado: En ningún caso, la cuantía anual del componente del complemento específico por méritos docentes ni la del complemento de productividad podrá exceder del resultado de superar favorablemente seis evaluaciones.
- En caso de haber superado seis evaluaciones favorables podrá solicitar evaluación de un nuevo periodo, no obstante, y para dar cumplimiento al citado artículo, no se tendrá en cuenta a efectos retributivos el primer tramo evaluado por ser de categoría inferior, salvo que en la solicitud especifique otro periodo.
Plazo de solicitud:
- Se debe presentar la solicitud desde de la fecha en la que cumpla el tramo que va a solicitar.
- El plazo de solicitudes para el reconocimiento de méritos docentes estará abierto durante todo el año.
- La tramitación de las solicitudes se efectuará con periodicidad mensual. Para ello, se requerirán los informes preceptivos del Departamento, del Decanato o de la Dirección del Centro correspondiente, así como de la Comisión de Evaluación de los Centros, los cuales deberán ser emitidos en un plazo máximo de diez hábiles.
- Los efectos administrativos de los méritos docentes se harán efectivos en el momento en que se finalice el procedimiento en cuestión.
- Los efectos económicos de los méritos docentes, se harán efectivos a partir del 1 de enero del año siguiente a la solicitud del tramo a evaluar.
- El abono de los méritos docentes del profesorado temporal a tiempo completo, se hará efectivo una vez se haya revisado el contenido de la Resolución del Rector de la Universidad de Cádiz UCA/RECN079VPR/2025, por la que se pospone el abono de los complementos retributivos de méritos docentes y de investigación al profesorado laboral temporal a tiempo completo.
Cómo y Dónde se puede solicitar:
De forma electrónica, desde la sede electrónica de la UCA, iniciando este procedimiento.
Documentación necesaria:
- Autoinforme en relación a la práctica docente (adjuntar junto a la solicitud presentada en la oficina virtual, en formato pdf). No existe modelo normalizado de autoinforme.
- En el caso de solicitar la evaluación por primera vez y no haber tenido siempre una relación contractual con la UCA, debe adjuntar la siguiente documentación:
- Tiempo acreditado con un contrato o nombramiento en alguna Universidad.
- Tiempo acreditado con un contrato o nombramiento en algún Centro de Investigación Extranjero acreditado, así como en el CSIC u otro Organismo Público de Investigación.
- Tiempo que acredite el Ministerio de Educación y Ciencia, prestado en la realización de programas o acciones de dicho Departamento u Homologadas a las concedidas por este, para la formación del profesorado y del personal investigador en España y en el extranjero.
- Certificado de docencia impartida, expedida por la Universidad correspondiente, en el caso de haber prestado servicios como personal investigador.
Notificación de la resolución:
Recursos legales:
Información sobre el estado de la tramitación:
Podrá realizar el seguimiento de su trámite en la Carpeta Personal de la Sede Electrónica la UCA.
Área de Personal – Servicio de Administración de Personal
Teléfono: 956.015.037, 956.015.038
Correo Electrónico: gestion.personal@uca.es;