El alumnado debe satisfacer unos precios públicos fijados por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios. En concreto, estos se fijan anualmente por Decreto, así como sus exenciones.Este procedimiento pone a disposición del solicitante la posibilidad de reclamar a través de una solicitud la devolución de unos precios públicos ya abonados siempre y cuando estén justificadas las causas alegadas.
En el caso del procedimiento telemático a través de Administración Electrónica, la notificación se hará efectiva a través de Oficina Virtual.
Decreto en el que se fijen las tasas y precios públicos para el curso académico en cuestión.
Alumnos de la UCA.
Anual, dependiendo del tipo de devolución de precios públicos.
De forma telemática con usuario y clave: Para ello, el interesado deberá cumplimentar y presentar telemáticamente la solicitud habilitada al efecto (obtendrá un resguardo con un código de solicitud y un número de registro telemático).También puede ponerse en contacto con la Secretaría de su campus a través del CAU habilitado para ello:
CAU de la Secretaría del Campus de Algeciras (enlace externo a la Sede).
CAU de la Secretaría del Campus de Cádiz (enlace externo a la Sede).
CAU de la Secretaría del Campus de Jerez (enlace externo a la Sede).
CAU de la Secretaría del Campus de Puerto Real (enlace externo a la Sede).
La que se considere necesaria para justificar la devolución.
Oficina Virtual – Correo electrónico.
Recurso de alzada.