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Reconocer la totalidad de los servicios prestados en las distintas Administraciones Públicas.
-Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de servicios en la Administración Pública. Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de reconocimiento Servicios Previos.
Por remisión se aplica también:
-IV Convenio Colectivo del PAS laboral de las UUPPAA.
-I Convenio Colectivo PDI laboral de las UUPPAA.
-Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto del Empleado Público).
Funcionario de carrera
Funcionario en prácticas
Funcionario Interino
Personal eventual
Contratado laboral o administrativo
Siempre activo.
De forma telemática con usuario y clave.
Certificaciones correspondientes
(Anexo I)
Nota: Deberán aportar el Anexo I original al Área de Personal (Gestión) para su archivo en el Expediente Administrativo del Empleado.
Oficina Virtual – Correo electrónico.
Potestativo de Reposición ante el Rector / Contencioso Administrativo
Reclamación Previa a la vía judicial laboral.